Transporte

Fomento indica que trabajará para mantener la ruta aérea Almería-Sevilla

El servicio se interrumpiría a partir del día 15 tras la publicación de la orden ministerial el 31 de diciembre de 2013 en el BOE

Publicada 07/01/2014

8:54 horas

 - Actualizada 07/01/2014

9:23 horas

Fomento no ha precisado cómo se va hacer para mantener la ruta aérea Almería-Sevilla.

Fomento no ha precisado cómo se va hacer para mantener la ruta aérea Almería-Sevilla.

El Ministerio de Fomento ha indicado este viernes que va a “trabajar en todo lo posible para mantener” la conexión aérea entre Almería y Sevilla y que no se interrumpa a partir del día 15 tras la publicación el 31 de diciembre de 2013 en BOE de la orden ministerial de obligación de servicio público en la que se modifican las condiciones de prestación.

Fuentes de este departamento han indicado que se “trabajará” en esa línea para mantener el servicio, si bien no han precisado cómo se va hacer. Han advertido, al hilo de esto, de que “los cambios en las condiciones” que ha introducido la Junta “obligan a una nueva licitación de ámbito comunitario” y que “hay que cumplir plazos”.

Cabe recordar que la delegada de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía en Almería, Encarnación Caparrós, trasladó el martes que el “retraso” en la publicación de la orden ministerial “puede provocar que se interrumpa el servicio durante meses” ya que la obligación de servicio público expira el día 14.

Desde Fomento han subrayado que, tal y como se recoge en el BOE, los cambios introducidos por la Junta en las condiciones actualmente vigentes de la ruta Almería-Sevilla “fueron formalmente remitidos el pasado día 13 de diciembre mediante carta del Director General de Movilidad de la Junta de Andalucía” y “obligan a una nueva licitación”.

Según se recoge en la orden, la modificación de las condiciones de servicio no implica nuevas subvenciones, ni incremento de las que se venían otorgando, sino que sólo supone un cambio en las condiciones del servicio “atendiendo a la evolución real de la demanda y de las condiciones del mercado en la ruta”.

Condiciones de la licitación

Con esto y de conformidad con la propuesta de la Junta de Andalucía, las condiciones específicas de operación exige dos frecuencias diarias –dos vuelos diarios de ida y vuelta en cada sentido– de lunes a viernes siempre que no sean declarados como días festivos de ámbito nacional o de la comunidad.

Igualmente, tal y como adelantó la consejera de Fomento de la Junta andaluza, Elena Cortes, no se ofertarán vuelos ningún sábado del año, aunque los operadores pueden ofrecer libremente vuelos estos días.

También deberá haber una frecuencia diaria –un vuelo en cada sentido– los domingos, los festivos de ámbito nacional o autonómico excepto los que coincidan, todos los días de agosto y del 26 de diciembre al 5 de enero, ambos incluidos, y durante el periodo no festivo de Semana Santa.

La orden señala que se garantizarán las comunicaciones en horarios con salida entre las 7:00 y las 9:00 horas locales y con regreso entre las 19:30 y 21:30 horas locales, con los límites impuestos por los periodos operativos de los aeropuertos. Los días en que se contempla una única frecuencia diaria, las compañías adecuarán libremente los horarios del servicio a la demanda real del mercado. En este sentido, el primer vuelo saldrá desde Almería y el último desde Sevilla.

La capacidad mínima ofrecida durante todo el año será de 25.500 asientos en cada sentido y la tarifa máxima queda establecida, en los trayectos de ida, bajo un importe de 130 euros, ligeramente superior a la actual. No obstante, las compañías podrán establecer libremente tarifas promocionales con descuentos sobre esta tarifa máxima.

Plazos en el BOE

El BOE establece, asimismo, que si en el plazo de quince días naturales desde la publicación de la nota informativa en el Diario Oficial de la Unión Europea dando publicidad a la modificación de las condiciones específicas de servicio, sujeta a obligaciones de servicio público, ninguna compañía aérea presenta un programa de servicio conforme con las nuevas condiciones, se limitará el acceso a la ruta afectada a una sola compañía aérea, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Reglamento de la CE.

Fija que esta orden surtirá efectos desde el 15 de enero, fecha de finalización del contrato administrativo de servicios adjudicado actualmente a Air Nostrum, salvo lo previsto en su apartado segundo, que tiene efecto desde el martes.

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